
Ante el descubrimiento por parte del Grupo Popular en el Ayuntamiento de El Franco de dietas desorbitadas que han sido percibidas por los concejales socialistas del Ayuntamiento de El Franco, la sra. Alcaldesa consideró oportuno explicarlo en la ORT. Vea aqui el video:
http://www.localia-ort.com/index.php?option=com_content&task=view&id=419&Itemid=862
En los momentos de estas declaraciones, la cuantia que se tenia constancia era de 7.000 euros, la Alcaldesa sólo habló, explicó y justificó estos 7.000 euros. Quizas en aquél momento lo que menos pensó es que poco después de su "justificacion", el Grupo Popular en el Ayuntamiento de El Franco descubriría otros 1.088,70 euros de los que no se habian tenido constancia. Y lo mas curioso: a su mismo nombre, en conceptos tales como locomoción, "asistencia investidura Presidente", "reuniones CUOTA", "parking", "Visita exposición Herminio Álvarez París", "refrescos y cafés en los aeropuertos", etc..... ¿Serán las últimas dietas? ¿O habrá más?
Señora, quizas usted sea los que piensa como estos versos de Machado:
"¿Dijiste media verdad?/dirán que mientes dos veces/si dices la otra mitad".
Obviamente, su comportamiento no ha sido el más ético y claramente ha actuado sin decir toda la verdad ....esperemos que este no sea su comportamiento habitual, puesto que los ciudadanos de El Franco no merecemos que nos traten como unos ingenuos y por supuesto deseamos y apoyamos que nuestro maximo representante municipal sea una persona integra y correcta.
Debemos recordar que los miembros de las Corporaciones Locales percibirán indemnizaciones por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio de su cargo, según las normas de aplicación general en las Administraciones Públicas y las que en desarrollo de las mismas apruebe el Pleno (Artículo 75.4 de la Ley de Bases de Régimen Local). Desde luego, el Pleno de nuestro Ayuntamiento no ha aprobado en ningún momento, ni en esta ni en otra legislatura de la democracia, las dietas que perciben, por primera vez en la historia de nuestro Concejo, los ediles socialistas. Igualmente, las indemnizaciones (dietas) mencionadas deben consignarse en los Presupuestos de las Corporaciones Locales, y deben publicarse íntegramente en el BOPA y fijarse en el Tablón de Anuncios de la Corporación los acuerdos plenarios referentes a retribuciones de los cargos con dedicación exclusiva y parcial y régimen de dedicación de estos últimos, INDEMNIZACIONES y asistencias (artículo 75.5 de la LBRL).
Es evidente que en ningún momento se ha sometido a la aprobación del Pleno las dietas que se han percibido por los concejales del PSOE....seguimos manteniendo, en consecuencia, que la percepción de las mencionadas dietas no responde precisamente a un comportamiento ético, ni tan siquiera se encuentra ajustado a la legalidad vigente.